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ATENCIÓN: NUEVO PLAN NACIONAL DE NOMBRES DE DOMINIO (.ES)
El Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el Código
correspondiente a España (.es) ha finalizado sus fases
previas y desde el 11 de noviembre del 2005 ya se puede registrar casi cualquier
nombre de dominio, si este se encuentra libre, siendo el primero que lo solicite
el que tiene derecho a registrarlo. Las peticiones se tramitan por orden cronológico
de solicitud.
¿Cuáles son las principales novedades que presenta el Plan
Nacional de Nombres de Dominio bajo el .es?
Las principales características son:
- Cualquiera puede solicitar dominios .es.
- No se exige vinculación entre el nombre del dominio y el nombre del
titular
- Es posible cambiar la titularidad de cualquier dominio .es,
con solo la autorización del contacto administrativo del titular del
nombre de dominio.
- Se crea un sistema de resolución extrajudicial de conflictos.
¿Se realizarán verificaciones previas a la hora de asignar
nombres de dominio de tercer nivel?
- No, los nombres de dominio bajo .es, se asignarán de
forma automática sin verificación
previa de las condiciones aplicables.
Si no existe verificación previa para determinados nombres de dominio,
¿obtendré esos nombres de dominio con sólo solicitarlos?
Sí, una vez que haya procedido al pago de la correspondiente tasa.
Pero tenga en cuenta que ha de cumplir con la normativa vigente, y que si
no es el caso, y un tercero interpone una reclamación sobre su nombre
de dominio, usted puede perder el derecho a su asignación.
Dominios Especiales
Son dominios especiales aquellos incluidos en tres listas de términos
reservados previstas en el Plan Nacional de nombres de dominio bajo el código
de país correspondiente a España (.es).
* Una primera lista incluye una relación
reducida y actualizada de términos de Internet cuyo uso como nombre
de dominio, al poder generar confusión, está prohibido.
* La segunda, otorga el carácter de reservados a una relación
de nombres de dominio de segundo nivel, que no podrán ser objeto de
asignación libre, relativos a denominaciones
de órganos constitucionales, otras instituciones del Estado y organizaciones
internacionales y supranacionales oficialmente acreditadas, que no hayan
sido previamente asignados.
* La tercera se corresponde con una relación actualizada de nombres
de dominio consistentes en topónimos
que coincidan con la denominación oficial de Administraciones públicas
territoriales y que no hayan sido previamente asignados, que tendrán
también el carácter de reservados y que no podrán ser
objeto de libre asignación.
¿Cómo se solicita un nombre
de dominio especial de los reservados?
Las solicitudes de nombres de dominio especiales
se remitirán firmadas por el solicitante o por una persona con capacidad
de representación suficiente a estos efectos, e ir acompañadas
de una memoria explicativa en la que habrá de facilitarse:
- Justificación del notable interés público que concurra
en el caso
- información sobre el solicitante, su naturaleza y actividad
- razones por la que se solicita el nombre de dominio especial
- servicios que se pretenden prestar
- plazos estimados para la utilización del nombre de dominio
- cualquier otra circunstancia que se considere relevante para su asignación.
Si está interesado y lo desea le podemos ayudar a cumplimentar el
formulario de solicitud y la memoria justificativa.
Criterios de asignación
Las actuales normas para la asignación de nombres de dominio diferencian
entre nombres de dominio regulares y especiales.
La asignación de nombres de dominio regulares estará abierta a
todos los interesados que tengan derecho a ellos y cumplan con las normas vigentes,
asimismo los nombres de dominio especiales están limitados a aplicaciones
concretas que se deberán especificar en cada caso, al igual que las
condiciones para su utilización.
Al margen de los requisitos y prohibiciones establecidos en la normativa vigente,
los nombres de dominio regulares se asignarán al primer solicitante
que tenga derecho a ello.
Consultar disponibilidad
Puede consultar la disponibilidad de un dominio .es al mismo tiempo que comprueba
la disponibilidad de su nombre con otras terminaciones (por lo general más
baratas y fáciles de conseguir) como son: .com, .net, .org, .info, .biz, .tv,
etc...Para encontrar un buen nombre que este libre diríjase al WhoIs
de TodoRed. y empiece a probar los que tiene en su mente.
Tarifas y causas de anulación.
Antes de solicitar el registro de un dominio ".es" recomendamos
leer las Reglas sobre Nombres y la normativa
publicada por RED.ES. No obstante, si se le hacen pesados los textos o
tiene alguna duda o pregunta sobre el registro de su nombre de dominio ".es"
no dude en escribirnos o llamarnos por telefono.